Dra. Hosanna Maia Echevarría
Mediadora Mat. M.J. y D.H.N 4448
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La mediación es un método tendiente a la resolución del conflicto a través de la asistencia de un tercero neutral, el mediador.
Este proceso que promueve la comunicación directa entre las partes ayuda a la solución extrajudicial de la controversia. En la Ciudad de Buenos Aires, este procedimiento, ha sido instituido con carácter obligatorio y previo a todo juicio, así lo expresa la ley 26.589, en su artículo primero.
El honorario básico que percibirá el mediador por su tarea se fija de acuerdo con la siguiente escala:
Asuntos en los que se encuentren involucrados montos hasta la suma de $3.000 (Pesos Tres Mil)
Asuntos en los que se encuentren involucrados montos superiores a $3.000 (Pesos Tres Mil) y hasta $6.000 (Seis Mil)
Asuntos en los que se encuentren involucrados montos superiores a $6.000 (Pesos Seis Mil) y hasta $15.000 (Pesos Quince Mil)
Asuntos en los que se encuentren involucrados montos superiores a $15.000 (Pesos Quince Mil) y hasta $30.000 (Pesos Treinta Mil)
Asuntos en los que se encuentren involucrados montos superiores a $30.000 (Pesos Treinta Mil) y hasta $60.000 (Pesos Sesenta Mil)
Asuntos en los que se encuentren involucrados montos superiores a $60.000 (Pesos Sesenta Mil) y hasta $100.000 (Pesos Cien Mil)
Asuntos en los que no se determinó el monto en el formulario de requerimiento o en el instrumento de notificación de la audiencia.
Honorario básico en mediación familiar. Las controversias que se planteen en los procesos de mediación familiar previstas en el artículo 31, incisos b) y c), de la Ley N° 26.589 se considerarán de objeto único. Solicite su mediación
Las notificaciones siempre se realizan por medio fehaciente, por carta documento de correo privado.
Aqui encontrara el sustento legal donde se halla la mediación privada y oficial prejudicial en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires.